Los españoles que llegaron a Ica, a través del puerto de Pisco, plantaron en el siglo XVI las primeras semillas de uva en la Hacienda Tacama, viñedo que sería adquirido en 1889 por la familia Olaechea, cuyos integrantes combinarían desde entonces su pasión por el derecho y el pisco.

José Antonio Olaechea Álvarez Calderón es abogado de la PUCP. Se desempeña también como director de varias empresas listadas y ejerce el cargo de Cónsul General Honorario de Dinamarca en el Perú. Es bisnieto de Manuel Pablo Olaechea Guerrero, fundador de Tacama.

La relación de José Antonio Olaechea –cuarta generación al frente de Tacama– con el pisco data de hace décadas, desde que tenía cuatro años y cayó por accidente en una cuba de pisco. “Pero después mi consumo ha sido más responsable”, ríe, recordando aquella anécdota. A propósito del Concurso Mundial de Bruselas (que este año tuvo a Chile como sede), que reconoce a los destilados de mayor calidad en el mundo, conversamos con él sobre las empresas peruanas que aceptaron participar en la categoría Aguardiente, olvidando que poseen la denominación de origen de pisco peruano.

¿Cuál es su reflexión, como productor de pisco y abogado de carrera, sobre el concurso en el que no se permite a los piscos peruanos participar, salvo como aguardientes?

Soy abogado, pero mi vida es la de un abogado que hace piscos, vinos y espumosos. Es la vida de mi familia, de mi padre, mi abuelo y mi bisabuelo, todos abogados. Nuestra visión de lo legal, del cumplimiento de la ley, está arraigada en nuestra visión de empresarios. Por eso, mi respuesta es desde lo legal, lo que dice la ley peruana, en el marco exclusivo de la denominación de origen…

¿Considera que fue una discriminación no permitir que los piscos peruanos participen como piscos?

Perú y Chile han creado normas de denominación de origen para proteger lo que consideran que es su derecho. Chile creó la denominación pisco chileno, que es paralela a la legislación pisco Perú. Ambas son excluyentes. Un aguardiente chileno no entra al Perú como pisco ni nuestro pisco puede entrar a Chile, salvo que se someta a la ley chilena. En resumen, la denominación es un concepto creado por la legislación francesa, hace muchos años, para proteger los productos que obedecen a una región geográfica concreta. En ese marco, los organizadores del concurso simplemente están cumpliendo la ley chilena.

Con más de dos siglos de antigüedad, la prensa para elaborar vinos es uno de los muchos atractivos históricos que se conservan en la Hacienda Tacama.

Para obtener la denominación de origen debemos contar con la autorización del Estado peruano. Porque cualquiera puede hacer aguardiente, pero no todos pueden hacer pisco. Hay que cumplir una serie de requisitos, empezado por ubicarse en la zona geográfica, entre Lima y Tacna. Tener los viñedos, las uvas adecuadas… Una vez que tienes todo eso, Indecopi hace una certificación de los viñedos, del proceso, y recién aprueba el rotulado de las etiquetas. La denominación es parte de la ley peruana.

¿Fue ilegal, entonces, participar en el concurso con la etiqueta de aguardiente?

No es ilegal, están sometiéndose a la ley chilena. Estas empresas, como productores de pisco, para entrar allá, deben decir que son productores de aguardiente, si no es así, no entran. Nosotros, como Tacama, somos productores de pisco, una bebida que es diferente al resto de aguardientes, y así somos reconocidos por la ley peruana. Entonces, si yo hago pisco, ¿por qué voy a saltar a una categoría que no es la mía? ¿Por qué tengo que someterme a la ley chilena?

Si no es ilegal, entonces, ¿diría que estuvo mal?

No soy autoridad para responder eso. Pero puede decir, como abogado y productor, que me ciño a la posición que tomó Manuel Pablo Olaechea Du Bois, mi padre, quien dijo que no era consecuente que tengamos la denominación de origen y al mismo tiempo exportemos a Chile como aguardiente. Si yo produzco pisco y lo llamo aguardiente frente a otra jurisdicción, ¿qué estoy diciendo? Tacama solo va como pisco. Si no nos reciben como pisco, no hay problema, no vamos.

¿No exportan a Chile, pese a que el mercado chileno es interesante en términos económicos?

No lo hacemos porque tenemos una visión legal del negocio. No podemos ceder ante la pretensión chilena, que quiere llamarnos ‘aguardiente’.

Fuera del concurso, ¿cabe una sanción de Indecopi para las empresas que exportan desde hace varios años piscos a Chile pero con la etiqueta de aguardiente?

Este caso es un asunto delicado. Hay libertad de comercio, que te permite exportar aguardiente. Pero el problema es que estas empresas venden pisco, protegido por la legislación peruana, pero lo hacen entrar como aguardiente. Si van a exportar aguardiente, que lo exporten, pero primero hagan aguardiente, que tiene un proceso diferente al del pisco, cuyo proceso está protegido por la denominación de origen. Que se les quite la denominación de origen está entre las posibilidades.

Por Luis Felipe Gamarra

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