Como habíamos anunciado anteriormente en COSAS, el congresista del grupo parlamentario Avanza País, Alejandro Cavero Alva, presentó el día de hoy, lunes 15 de agosto, el Proyecto de Ley que establece la Unión Civil en el Perú.
Por Redacción COSAS

Esta propuesta fue elaborada en conjunto con destacadas organizaciones de la sociedad civil como el Instituto Político para la Libertad Peru, Somos Ciudadania, La Liga Libertad y el Movimiento Homosexual de Lima.

El proyecto antecede a diversas otras iniciativas legislativas, presentadas en otros periodos parlamentarios por congresistas como Carlos Bruce y Alberto de Belaúnde. En resumen, busca dar un marco de seguridad jurídica ante la actual situación de desprotección, la cual genera violencia y discriminación hacia parejas conformadas por personas del mismo sexo. Esta exclusión no solo afecta el derecho que tienen las personas a establecer sus propios proyectos de vida, sino que también genera un costo económico en la sociedad.

 

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Lo que busca el presente proyecto de ley es regular los efectos jurídicos de la Union Civil, como institución constituida por dos personas del mismo sexo o del sexo opuesto, unidas con el fin de compartir un proyecto de vida y que deciden obligarse libremente frente al otro para su cuidado, apoyo mutuo y participación en decisiones relevantes.

“Así, las personas LGBTIQ tendrán la libertad de desarrollar su propio proyecto de vida dentro de la legalidad”, escribió Cavero en su cuenta de Instagram.

¿Qué se entiende por Unión Civil?

Podrán constituir una Unión Civil las personas que sean mayores de edad, no estén unidas en matrimonio o unión de hecho, no sean deudores alimentarios y gocen de plena capacidad para el ejercicio de sus derechos civiles. Los convenientes civiles tendrán el derecho a tomar decisiones médicas respecto del otro conviviente, podrán realizar visitas íntimas a centros penitenciarios y podrán percibir la pensión y demás beneficios derivados de la muerte de uno de ellos.

Asimismo, entre otras disposiciones, el proyecto dispone que los convenientes civiles podrán determinar que el otro convincente civil sea el tutor de sus hijos menores de edad, siempre que los menores no cuenten con el otro padre o si, teniéndolo, este no pueda asumir su cuidado de forma adecuada. Además, el proyecto propone el reconocimiento de las uniones civiles celebradas en el extranjero, siempre que compartan los mismos derechos y deberes que la legislación peruana reconoce.

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