En entrevista con COSAS, el abogado penalista analiza los casos judiciales más emblemáticos del país y adelanta un escenario crítico para 2025

 Por: Carlos Cabanillas  | Fotos: Briam Espinoza

Fernando Silva La Rosa, reconocido abogado penalista, no duda en calificar como «explosivo» el panorama judicial que enfrenta el Perú. Analiza los casos más emblemáticos de la política peruana, desde Martín Vizcarra y Ollanta Humala hasta Pedro Castillo y Keiko Fujimori. Además, analiza críticamente el rol de José Domingo Pérez, Richard Concepción Carhuancho y Víctor Zúñiga

¿Qué tan sólido es el caso de Susana Villarán?

Ha demorado demasiado en sede fiscal. No sé si con el fin de favorecer de alguna manera a Villarán, ya que, evidentemente, el fiscal simpatiza con la misma ideología de la exalcaldesa, o simplemente por la ineficiencia del fiscal o del propio Ministerio Público. En lo que al Poder Judicial respecta, donde está el caso actualmente, este siempre ha tenido una carga procesal alta, y el inicio de los juicios tiene una demora de algunos meses. El caso de la exalcaldesa está dentro de los plazos regulares, y las modificaciones legales que ha realizado el Congreso no son la causa de la demora. Esperemos que pronto se resuelvan las apelaciones del auto de enjuiciamiento para que se dé inicio al juicio oral.

¿Lo más probable es que le den quince años de prisión al expresidente Martín Vizcarra por el caso Lomas de Ilo?

Desde mi punto de vista, y siempre lo he dicho cuando se me ha pedido una opinión, el caso de Martín Vizcarra es uno de los que mayor carga probatoria de calidad tiene. La Fiscalía tiene su hipótesis del caso muy bien probada, y la condena contra dicho señor es inminente.

¿El cambio de jueza en el tribunal (Tercer Juzgado Penal) afectará el juicio al expresidente Ollanta Humala?

El juicio como tal no se afecta, pero la decisión sin duda sí, pues hay al menos un juez que está decidiendo sobre lo que otros le informan o sobre lo que lee de las audiencias o, en el mejor de los casos, si estas fueron grabadas, lo que ve en una pantalla, que no es lo mismo que haber estado allí y haber percibido toda la actuación probatoria. Solo si cambian a dos miembros del tribunal, este juicio se quiebra y deberá volver a empezar.

El abogado penalista considera que el fiscal Pérez ha construido un megacaso inmanejable contra Keiko Fujimori con motivaciones más políticas que jurídicas.

¿Podríamos tener dos expresidentes presos para abril de 2025?

Lamentablemente, sí. Creo que es algo muy probable, y todo por obra de un mismo fiscal, lo cual también debe ser reconocido; aunque, como te he dicho, los tiempos han sido demasiado largos.

¿Por qué dice que es muy probable que Pedro Castillo siga aún varios años preso?

El señor Castillo tiene una serie de procesos penales, además del generado a partir del golpe de Estado. Estos procesos tienen, al igual que el caso de Vizcarra, mucha carga probatoria de calidad. Por lo que ese escenario hace suponer que no obtendrá una variación a la prisión preventiva que viene sufriendo, y más bien, estando en esa condición, será condenado.

¿Se equivocó la Fiscalía al confiar ciegamente en Barata?
Yo diría que en confiar ciegamente en la empresa Odebrecht.

El Poder Judicial cambió a la jueza que anuló el juicio del caso Cocteles. ¿Cuál fue el error del fiscal José Domingo Pérez y del juez Víctor Zúñiga?

El error del fiscal Pérez es insistir en un caso que todos los que estamos involucrados en la justicia sabemos que no constituye lavado de activos. Además, para encubrir esta gran realidad, ha creado un megacaso completamente inmanejable. Para mí, este caso solo tuvo un objetivo político, no jurídico, desde el punto de vista de la Fiscalía y la persecución del delito.

Con lo que conocemos hoy en día y la clara vinculación del fiscal Pérez a una ONG con acciones políticas en nuestro país, su actuar va en contra de todos los principios de la institución denominada Ministerio Público. La justicia y la historia serán quienes sancionen a Pérez.

Otra situación es la del juez Zúñiga. Hace algunos años escribí un artículo publicado en El Peruano, titulado El juez popular. Me refería al juez al que le gusta que la prensa lo adule, que en el restaurante lo aplaudan y que, frente a un tema mediático, solo hace lo «políticamente correcto» o se pliega a alguna ideología de moda o dominante. También, qué duda cabe, es el juez temeroso de ser rechazado: es mejor ser popular.

El juez Zúñiga no debió haber pasado el caso a juicio oral, sino archivarlo en la etapa intermedia. Pero ¿qué hubiera pasado si hacía eso? Ese es el problema del juez popular: si hace mal su trabajo, pronto deja de ser popular y es cuestionado. De hecho, el Tribunal Constitucional ya se ha pronunciado al respecto.

El TC determinará si apartará al juez Richard Concepción Carhuancho. ¿Cómo evalúa su accionar en el caso de Nicanor Boluarte?

El juez Concepción es un juez de investigación preparatoria; es decir, no decide sobre la culpabilidad de nadie, gracias a Dios. Solo verifica si la investigación preparatoria desarrollada por el fiscal se ha realizado o se está llevando a cabo conforme a las normas procesales y constitucionales vigentes.  Y, claro, resuelve pedidos cautelares o tutelas de las partes. Es allí donde considero que el juez ha cometido algunos actos que lindan con lo abusivo: desarrollar una audiencia de prisión preventiva por meses, manteniendo a personas detenidas por más de sesenta días mientras decide su situación, por ejemplo.

Fernando Silva sostiene que los casos de Martín Vizcarra y Pedro Castillo tienen evidencia contundente y que sus condenas parecen inevitables.

¿Leo Pinheiro, de OAS, su cliente, confirmó que Ollanta Humala y Nadine Heredia le agradecieron por pagos, y también que autorizó pagos a Susana Villarán. ¿Por qué el proceso de colaboración no se cierra?

Pinheiro renunció a su derecho al secreto de la identidad del colaborador en el año 2019; desde entonces, se sabe que él es colaborador eficaz y, lamentablemente, se han venido haciendo públicas algunas de sus declaraciones. Sin embargo, y pese a ello, el proceso sigue siendo reservado y no puedo revelar nada de lo que ha dicho con exactitud. El proceso, en la actualidad, está con la etapa de corroboración cerrada hace más de seis meses, y solo está pendiente que el fiscal atienda un pedido de la defensa para culminarlo. No entendemos la razón por la que aún no lo cierra. Nuestra parte ya hizo todo lo necesario para ello. Respecto a lo que se me pregunta, efectivamente, esos son temas que han sido materia de interrogatorios de la Fiscalía y forman parte de la colaboración. Esperemos que esta colaboración sea llevada por la Fiscalía ante el juez y el acuerdo se haga público para que puedas corroborar lo que me preguntas.

¿Esto, que lleva el fiscal Pérez, beneficiaría a Susana Villarán?

No sé si el fiscal Pérez quiera beneficiar a Villarán, pero la declaración de Pinheiro es una prueba importante para la Fiscalía. Ya debería haber logrado la homologación y así poder usarla en el próximo juicio oral.

¿Los 36 meses de prisión preventiva contra Jorge Barata son una decisión tardía?

La Fiscalía confió en un procedimiento especial que está regulado en nuestro país y que se denomina colaboración eficaz. Debemos, además, entender que dicho proceso era muy poco usado por las fiscalías en nuestro país y no estaba pensado para el tamaño de criminalidad que se reconocería; ni siquiera estaba pensado para personas jurídicas. Allí puede estar el primer problema. Sobre la marcha, se cambió para permitir este nivel de colaboración de la empresa Odebrecht y, creo yo, que se cedió mucho con el fin de lograr que la información que se tenía en Brasil entrara de manera formal a los procesos penales que se iniciaban en el Perú.

Todo estuvo bien hasta que ocurrió lo que no se pensó: que las personas que eran colaboradoras de otro país simplemente no vinieran a declarar o no se conectaran por vía virtual. Por eso, no creo que haya sido tardía la reacción de los fiscales al pedir medidas cautelares, como la prisión preventiva, para los extranjeros que no cumplen, desde su punto de vista, con los acuerdos de la colaboración eficaz, sino que más bien fue oportuna en el momento en que se necesitó.

¿Es un saludo a la bandera porque no vendrá a Lima?

Los ciudadanos brasileños no pueden ser extraditados; su Constitución Política lo prohíbe. Entonces, finalmente, y en la práctica, una prisión preventiva no es una medida que asegure nada dentro de los procesos con un ciudadano brasileño. Más bien, debería buscarse afectar económicamente a dichas personas en sus propios países, inclusive, pero no seré yo quien le dé la receta a la Fiscalía.

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