La elección se mantendrá suspendida hasta la resolución de la acción de amparo. El Sindicato de la Defensoría acusó al proceso de poco transparente.

Por Sergio Herrera

El Tercer Juzgado Especializado en el ámbito constitucional de Lima emitió una resolución donde ordena a la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, suspender el proceso  de elección del nuevo defensor del pueblo. El juzgado sostuvo que la elección se reanudaría ni bien termine la tramitación correspondiente.

“Se ordena a la presidente de la mencionada comisión especial suspender, de manera provisional, el actual procedimiento de elección del nuevo defensor del pueblo convocado por la actual Comisión Especializada del Congreso de la República, hasta que se culmine la tramitación del presente proceso. Bajo los apercibimientos de ley por su incumplimiento”, puede leerse en la parte resolutiva del documento.

El juez John Paredes firmó la resolución que fue emitida el pasado miércoles 8 de junio. Paredes advierte que existe un peligro inminente que la elección del defensor del Pueblo se organice sin los requisitos mínimos de publicidad, transparencia y participación de la sociedad civil”. El magistrado se apoyó en los argumentos vertidos por el Sindicato de la Defensoría. 

¿Por qué se suspendió la elección?

La resolución de este último menciona que el cronograma formulado por María Alva “no ha reconocido una etapa en donde se haya permitido a la ciudadanía ejercer control sobre la idoneidad de los candidatos”.

Para sustentar sus afirmaciones, Paredes se basa en un pronunciamiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). La Comisión expresó lo siguiente durante la elección de miembros del Tribunal Constitucional en el 2019. “Todo proceso de selección debe garantizar los principios de publicidad y transparencia, asegurando que el proceso sea abierto al escrutinio y participación de los sectores sociales”.

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